Ventajas del contrato de formación en alternancia

1. Sin costes en Seguridad Social

Bonificaciones del contrato de formación y ahorro económico para la empresa
Ahorra hasta un 40% de los costes laborales totales de cada trabajador:

Ahorro en Seguros Sociales:
– Bonificación de 91 €/mes, en las cuotas empresariales.
– Bonificación de 28 €/mes, en las cuotas del trabajador y conceptos de recaudación conjunta.

Incentivos por transformación a indefinido durante 3 años
– Mujer: 1.764 € anuales.
– Hombre: 1.536 € anuales.

Bonificación por tutorización
– De 60 a 80 euros mensuales adicionales por la tutorización del trabajador.

Formación 100% bonificada
– Sin costes para la empresa ni para el alumno.

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2. Sistema Nacional de Garantía Juvenil

Si el trabajador está inscrito en Garantía Juvenil, se pueden aumentar las bonificaciones por formación, hasta un 50% el primer año y un 25% el segundo y tercer de contrato.

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3. La retribución del trabajador

Se fijará en proporción al tiempo de trabajo efectivo, de acuerdo con lo establecido en Convenio Colectivo sin que, en ningún caso, pueda ser inferior al salario mínimo interprofesional en proporción al tiempo trabajado.

4. Sin límite de contratos

La empresa puede tener tantos empleados contratados bajo esta modalidad como necesite.

5. No exigen mantenimiento de plantilla

No exige mantenimiento del nivel de empleo alcanzado con la contratación.

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7. No exige devolución de las cantidades aplicadas

En caso de tener que despedir al trabajador, NO EXIGE la devolución de los beneficios aplicados en Seguridad Social o bonificación de la formación. Siempre y cuando se respete las obligaciones del contrato.

Tramitación del contrato para la formación en alternancia

En Gades Consultores asesoramos a la empresa en todo lo que necesita, ofreciéndole la ocupación que se adecúa más al puesto que desea cubrir. Así mismo realizamos todos los tramites que hay que realizar. 

Cotización del contrato de formación en alternancia durante 2023

El 31 de marzo se publicó la Orden PCM/313/2023, que modificó las Orden PCM/74/2023, que fijaba las bases de cotización y nuevos tipos de cotización del contrato para la formación en alternacia durante 2023.